La Municipalidad de San Pedro recuerda la vigencia de la Ordenanza 6212/16 que prohíbe en el ámbito del distrito de San Pedro, la tenencia, fabricación, comercialización, depósito y venta al público, mayorista o minorista, y el uso particular de todo elemento de pirotecnia y cohetería, sea éste de venta libre o no, y/o fabricación autorizada.
En la proximidad de las fechas en las que se distribuye de manera ilegal este tipo de productos para fiestas, despedidas o eventos, se recuerda que además de las sanciones de las que son pasibles aquellos que desconozcan esta disposición, es importante el compromiso de todos por los efectos nocivos y peligrosos que supone el empleo de estos elementos.
La única excepción será la realización de espectáculos de fuegos artificiales destinados al entretenimiento o la conmemoración de hechos especiales que deberán contar previamente con una autorización del Departamento Ejecutivo.
Además de los potenciales accidentes en quienes manipulan pirotecnia, las explosiones provocan trastornos a las personas con autismo y en animales, desorientación, trastornos en los oídos, taquicardia, temblores, náuseas, aturdimiento, miedo, reacciones desesperadas y accidentes.
La venta está prohibida. La compra es responsabilidad de cada ciudadano más allá de los controles.
Se adjunta la ordenanza aprobada por el Honorable Concejo Deliberante con estos fines.


