San Pedro se encuentra en una etapa de prevención, para no tener circulación sostenida. Esta etapa busca la detección temprana de personas con casos sospechosos y por precaución el gobierno municipal decretó la suspensión de toda actividad pública.
Hasta el momento, en cambio, no se suspendió el dictado de clases en la provincia de Buenos Aires, como sí ocurrió en otras provincias pero no se descarta tomar una nueva desicion para la semana entrante.
Este es el Decreto Municipal firmado este jueves con la suspensión de actividades organizadas o autorizadas por la Municipalidad de San Pedro
La propagación acelerada a nivel mundial que está teniendo el virus COVID-19 (Coronavirus), la reciente declaración de Pandemia por parte de la OMS, que indica además que la propagación de este virus puede frenarse considerablemente o incluso revertirse si se aplican medidas firmes de contención y control y;
CONSIDERANDO:
Que recientemente el gobierno Nacional y Provincial ha reforzado las medidas para contener la propagación de este virus, indicando que es de vital importancia la pronta aislación de las personas a fin de evitar un riesgo de infección para otras.
Que el Gobierno Nacional ha resuelto en estos días disponer de un aislamiento obligatorio por 14 días a las personas que ingresen al país, provenientes de los países afectados.
Que el Decreto Provincial N° 127/2020 de fecha 9 de marzo de 2020, otorga una licencia de carácter excepcional a todas aquellas personas trabajadoras del sector público, que hayan ingresado a la República Argentina desde los países confirmados de Coronavirus (COVID-19).
Que asimismo el art. 5° del Decreto Provincial N° 127/2020 invita formalmente a los Municipios a adherirse a las disposiciones allí contenidas.
Que si bien la dinámica mundial y nacional va cambiando día a día, el Municipio de San Pedro entiende que a fin de proteger a todos los Sampedrinos, debemos estar en concordancia con los protocolos de actuación establecidos por los Ministerios de Salud Nacional, Provincial, y la región sanitaria a la que pertenecemos.
Por todo ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA:
Artículo 1º – Adhiérase a las disposiciones del Decreto Provincial N° 127/2020 en todos sus términos.
Artículo 2º.- La licencia establecida en el artículo 1° del Decreto Provincial N° 127/2020 se hará efectiva desde que la persona que haya estado en países con circulación del Coronavirus (COVID-19) hubiera ingresado a la República Argentina y por un lapso de catorce (14) días corridos. A tal efecto el/la trabajador/a deberá poner en conocimiento de su superior jerárquico de tal circunstancia, debiendo remitir comprobante de ingreso al país desde alguno de los países anteriormente mencionados.
Artículo 3º.- La licencia establecida en el artículo 1° no afectará la percepción de las remuneraciones normales y habituales, como así tampoco de los adicionales que por ley o convenio le correspondiere percibir a la persona trabajadora
Artículo 4°.- La licencia excepcional prevista en el presente decreto será de carácter extraordinaria por las causales y circunstancias anteriormente descriptas, no pudiéndose computar a ningún otro tipo de licencia establecida normativamente o por convenio y que pudieran corresponder al uso y goce de la trabajadora o del trabajador.
Artículo 5°: – Suspéndase hasta el dictado de un nuevo acto administrativo, todo evento masivo organizado por la Municipalidad de San Pedro, o que organizado por terceros, requiera habilitación, autorización o permiso municipal, como así también toda actividad social, educativa, deportiva y cultural municipal que implique la concurrencia de población de riesgo.
Artículo 6º: – Suspéndanse los procedimientos administrativos que se estén llevando adelante como consecuencia de los eventos y actividades mencionados en el artículo anterior.
Artículo 7°: – Instrúyase a la Secretaría de Salud, a llevar a cabo todas las acciones que considere necesarias a los efectos de concientizar y prevenir a la población respecto de los alcances y efectos del Coronavirus (COVID-19).
Artículo 8º.- Regístrese; comuníquese, y archívese.


