Rigen las devoluciones a jubilados y beneficiarios de planes sociales

Interés General Locales

Se trata del reintegro del 15% en compras efectuadas con tarjetas de débito a personas mayores y aquellos receptores de Asignaciones Universales por Hijo. El organismo dispuso alteraciones en los tiempos de devolución y la delimitación de exclusiones. Detalles a continuación.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso a partir de la jornada de hoy modificación de la resolución establecida el pasado sábado respecto al Régimen de Reintegro a Sectores Vulnerados para las compras con tarjeta de débito llevadas a cabo por beneficiarios del sistema provisional y aquellos que reciben planes de asistencia social, específicamente de Asignación Universal por Hijo.

A partir de esta resolución, aquellos vecinos adheridos al Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente, los que sean miembros del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, y los adheridos al Régimen Simplificado Especial para Pequeños Productores Agrarios (todos estos inscriptos particularmente como monotributistas de categoría A), serán beneficiados por esta devolución del 15%. Tal reintegro no estaba contemplado en la disposición original.

Son las entidades financieras que administran las tarjetas de débito las encargadas de acreditar esta devolución, con ciertas obligaciones:

Si la compra se efectuó entre las 0 y las 17 de una jornada determinada, el reintegro se llevará a cabo dentro de un período de 24 horas hábiles (no se tienen en cuenta fines de semana ni feriados bancarios) en la cuenta correspondiente a la jubilación/pensión/asignación según el caso. En caso de haberse realizado después de las 17, la devolución puede extenderse hasta 48 horas hábiles.