Reunión en la municipalidad para determinar si San Pedro pasa a fase 2

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Se encuentran reunidos en la mañana de este lunes reunidos en el municipio local el intendente junto a personal de Región Sanitaria y el Dr. Crews Secretario de Salud para analizar la situación epidemiológica de nuestra ciudad teniendo en cuanto la cantidad de personas contagiadas que se encuentran activas y además por la nueva sepa británica encontrada en nuestra ciudad.

La reunión esta especialmente dirigida para discutir las nuevas restricciones a aplicarse si la ciudad pasa a fase 2 y las restricciones implicarían entre otras cosas la limitaciones de horarios de los comercios con el cierre a las 19 hs y el cierre de la circulación entre las 20 hs y las 06.

Pero como ya ah pasado en San Pedro hay que esperar las decisiones del ejecutivo que por ejemplo en fase 3 no deberían estar abiertos los deportes ni gimnasios y por una decisión de las autoridades aun se mantiene permitido.

Las siguientes son las restricciones que tendrán que cumplir en la fase 2:

  •  Competencias oficiales regionales y provinciales, de deportes en lugares cerrados y/o en espacios al aire libre (Decreto Nacional N° 287/21)
  • Venta al por menor de productos textiles, prendas de vestir, calzado y juguetes en comercios de cercanía con ingreso de clientes.
  • Práctica recreativa de deportes grupales de contacto al aire libre
  • Talleres culturales (Hasta 20 personas, al aire libre o en espacios cerrados con amplia ventilación natural)
  •  Jardines Maternales y Centros de Atención de Desarrollo Infantil (CADI)
  • Clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades, salvo educación especial que estará habilitada en todas las fases (Conforme Decreto Nacional N° 287/21).
  • Artes escénicas y musicales (con y sin asistencia de espectadores)
  • Restaurantes y bares en el interior con aforo
  • Shoppings (solo locales comerciales, sin patio de comidas ni espacios recreativos)
  • Museos
  • Práctica de deportes en espacios cerrados
  • Celebración de ritos religiosos en espacios cerrados con ventilación natural
  • Actividades sociales y familiares hasta 20 personas en espacios públicos al aire libre
  • Salas y los complejos cinematográficos
  • Actividades y reuniones sociales en domicilios particulares hasta 10 personas, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados
  • Gimnasios en espacios cerrados con amplia ventilación natural
  • Natatorios en espacios cerrados
  • Actividad en Casinos y Bingos
  • Mercados y ferias de artesanías o alimentos en espacios cerrados
  • Actividades deportivas colectivas con o sin contacto, al aire libre o en espacios con amplia ventilación natural, más de 10 personas
  • Discotecas, salones de fiestas y establecimientos afines
  • Actividades y reuniones sociales en domicilios particulares de más de (10) personas, excepto para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados
  • Viajes Grupales de Egresados y Egresadas, de Jubilados y Jubiladas, de Estudio, para Competencias deportivas no oficiales; de grupos turísticos y de grupos para la realización de actividades recreativas y sociales.
  • Están permitidos eventos religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia máxima de 20 personas.
  • Están permitidos eventos culturales, sociales, recreativos en espacios públicos al aire libre con concurrencia máxima de 10 personas.
  • Restricción horaria para actividad comercial en general de 19:00 a 06:00
  • Restricción horaria para actividad de bares y restaurantes de 19:00 a 06:00
  • Restricción horaria para circulación de personas de 20:00 a 06:00