La Dirección de Rentas informa que la obtención previa del permiso para la instalación de circos, ferias y parques de diversiones, es requisito para el desarrollo de la actividad, por lo que se solicita realizar el trámite con una antelación mayor a 10 (diez) días hábiles.
El mismo consta de los siguientes pasos:
Inicio del trámite, a través de un pedido de autorización Municipal ingresando nota en Mesa de Entradas, indicando: fecha de estadía, datos del lugar físico donde se va a instalar y datos personales del titular (persona física) o de la empresa (persona jurídica) y su responsable.
Secretaría de Gobierno se expide sobre la factibilidad o denegación del permiso solicitado.
En caso de factibilidad continua el trámite, presentando la siguiente documentación en Mesa de Entrada, dirigida a la
Dirección de Inspección General y haciendo referencia al expediente creado:
a. Contrato de locación con firmas certificadas por ambas partes
b. Final de Obra en materia de seguridad contra incendios, expedida por la oficina técnica de la Superintendencia del Cuerpo de Bomberos de San Nicolás
c. Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil comprensiva hacia terceros (Ord. 5403/04 y decreto reglamentario 640/04) y comprobante de pago de la misma, donde se encuentre coasegurada la Municipalidad de San Pedro
d. En caso de que se instalen juegos mecánicos o electromecánicos, se deberá cumplir con el informe técnico preventivo de Seguridad e Higiene estipulado en la Ord. 5578/06.
Emisión de boleta de pago del canon por Derecho a los Espectáculos Públicos.
Una vez cumplidos los requisitos documentales y el pago del canon, la Secretaría de Gobierno emite la resolución del permiso solicitado.


