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Los comercios deberán exhibir el código QR – Data Fiscal Municipal

Interés General Locales

La Dirección de Rentas que dirige el CP. Hernán Abatángelo ha dado a conocer «que tal como lo establece el decreto Nº 617/2017 es obligación para todos los contribuyentes de la Tasa de Seguridad e Higiene exhibir la Data Fiscal Municipal QR».

El mismo deberá ser exhibido en los locales de venta, locación o prestación de servicio, salas de espera, oficinas y/o recepciones.

El código QR será enviado por única vez por la Dirección de Rentas de manera impresa y al domicilio fiscal del contribuyente. Luego, en caso de necesitar una copia, el interesado podrá obtenerla de la web del municipio o solicitarla en el Departamento de Comercios.

Es importante remarcar que el plazo para cumplir con este requisito es el 30 de junio, quien no lo haga podrá sufrir la pérdida de los descuentos por buen contribuyente; no podrá acordar planes de pago que superen las seis cuotas; se analizará la aplicación de multas y hasta se podrá proceder a la clausura del local en los términos del artículo 71 de la Ordenanza Nº 6238.