El Servicio de Comidas y Bebidas para consumo en locales gastronómicos se autoriza bajo cumplimiento estricto del “Protocolo de Higiene y Seguridad (Covid-19)” anexo a la Resolución Nº 260 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires.
El horario permitido es de 6 a 00 y dentro de las medidas más importantes se destaca la utilización del 50% del factor ocupacional, para generar la distancia suficiente entre mesas y sillas.
Se sugieren además la implementación de señalética informativa, modalidades de reserva remota y disponibilidad en las mesas de productos sanitizantes junto a una distribución general de elementos de prevención e higiene en todos los salones.
El cumplimiento de lo dispuesto en el protocolo dependerá de la responsabilidad y solidaridad de los empleadores, trabajadores y comensales sin perjuicio de los controles que realice el estado local. El protocolo completo se encuentra disponible en el sitio web wwww.sanpedro.gob.ar



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