La denuncia ya está en la Fiscalía 5 que es donde se instruye el caso. De todos modos por el momento no se adoptarán medidas judiciales contra el acusado de 55 años. Salud ya le dio el alta y puede hacer vida normal.
Tras la denuncia realizada por una mujer de 33 años, quien aseguró haber sido abusada sexualmente por el Pastor evangélico que hace el fin de semana estuvo aislado por contraer covid positivo, el Fiscal Marcelo Manso imputó al hombre de 55 años en el marco de una causa caratulada como abuso sexual.
La instrucción ya está en marcha en la sede de la Fiscalía 5 aunque el propio letrado afirmó que por el momento no adoptará medidas contra el acusado y deberá evaluar el futuro de la causa, si puede avanzar hasta llegar a una condena o si está en condiciones de prescribir. Mientras tanto, el Pastor, fue dado de alta y por el momento no tiene impedimentos para moverse con normalidad ante la sociedad.
En un principio todo indicaba que la causa no prescribiría porque se trata de una víctima menor de edad, porque según trascendió, en la denuncia la mujer expresó que le sucedió cuando ella tenía entre 10 y 13 años, es decir que ya pasaron alrededor de 23 años.
Mientras se espera que el acusado tenga su merecido, fuentes judiciales adelantaron que las características de la denuncia ponen al Pastor en una situación muy comprometida que la agrava aún más al tratarse de una persona que cumple un rol social muy importante.
De todos modos que la causa pueda prescribir es un hecho debido al tiempo transcurrido aun cuando la denunciante era menor al momento de producirse el aberrante episodio.
A simple vista el código indica que pasada una determinada cantidad de años el delito prescribe, y el art 62 indica que si la acción penal no se inició puede caducar.
Que hayan pasado 23 años podría ser determinante de cara al futuro de la causa; en este caso una vez que el Dr. Marcelo Manso defina cuál es el tipo abuso sexual cometido, deberá considerar la pena que le cave y tener en cuenta el tiempo transcurrido para observar si la causa está en condiciones de avanzar.
En el año 2017 el código cambió y dice que el tiempo comienza a contabilizarse desde la que victima cumple 18 años, pero este hecho se rige por las normas existentes en el momento del hecho (año 1997), y dependiendo del punto desde donde se lo mire la pena esta prescripta, pero no se dicta de oficio sino que la tiene que pedir el Juez interviniente.
Un antecedente a favor de la denunciante es que en el año 2019, la Sala consideró que la Convención Internacional de los Derechos del Niño y los Tratados Internacionales prevalecen en estos casos frente a la normativa local y no prescribiría.
En conclusión, serán determinantes las posturas que muestren el fiscal y la Cámara para el futuro de la causa.
Fuente: San Pedro Informa


