La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó en la jornada de ayer una suspensión de medidas cautelares y procesos de ejecución fiscal contra pequeñas y medianas empresas por un período de 30 días más, dejando de esta manera sin vigencia el límite original, determinado para el próximo viernes 31 de julio.
La medida se presenta, por supuesto, como mecanismo para brindar un alivio a tales empresas de frente al paro productivo ocasionado por el actual esquema de aislamiento social, productivo y obligatorio de cara al avance del COVVID-19 en nuestro país.
Dispuesto por vía de las resoluciones 4770 y 4771, el organismo encargado de la recaudación impositiva a nivel nacional dispuso una prórroga hasta el 31 de agosto, disponiendo de un régimen de facilidades de pago para asistir a las empresas en su cancelación de obligaciones, tanto fiscales como aquellas referidas a la Seguridad Social.
Las resoluciones detallan a su vez que las compañías alcanzadas por este esquema deberán estar registradas como micro, pequeñas y medianas empresas en el “Registro de Empresas MiPyMES” creado el año pasado. Lo mismo aplica para todos aquellos ciudadanos que figuren en calidad de “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa” en sus Tramos I y II.
A su vez se prevé la gestión judicial para el cobro de tributos en toda jurisdicción donde se haya levantado la feria judicial extraordinaria, a la vez que vuelve a destacar la vigencia del levantamiento de embargos bancarios y medidas cautelares, los cuales en la actualidad sólo alcanzan a deudas incluidas en este proceso de regularización.


