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Elecciones de renovación de autoridades de la UCR

Convocatorias Edictos

Por medio de la presente se comunica que el Plenario del Comité provincia ha convocado a Elecciones de renovación de autoridades para el domingo 6 de octubre del corriente año. Atento lo cual, se remite adjunto al presente la convocatoria respectiva, recordándole que conforme lo dispuesto por el artículo 28 de la Carta Orgánica, los Comité de Distrito deberán realizar la convocatoria a elecciones en el distrito para el mismo día, con una antelación mínima de 60 días a la fecha del comicios, con especificación expresa de los cargos que se eligen.

ARTÍCULO 28°: El PLENARIO DEL COMITÉ DE LA PROVINCIA convocará a elecciones internas de acuerdo con las disposiciones de esta CARTA ORGÁNICA, con una anticipación mínima a los noventa, (90), días a la fecha del comicio. Los COMITÉS DE DISTRITO citarán a elecciones, dentro de su jurisdicción, con una antelación mínima de sesenta, (60), días a la fecha del comicio. El día del comicio será determinado por el Comité de la Provincia, debiendo recaer éste en domingo y con desarrollo dentro del horario comprendido por las ocho, (8), y dieciocho, (18), horas.- 

ARTÍCULO 30°: La convocatoria contendrá, bajo pena de nulidad: a)  Día y hora de la elección; b)  Cargos a cubrir;  c)  En el caso de los COMITÉ DE DISTRITO, con quince, (15), días de antelación al comicio, deberán fijar y publicitar la ubicación de los locales donde funcionarán las mesas receptoras de votos.-Asimismo, la convocatoria deberá ser hecha pública en los medios de comunicación escritos más importantes del distrito y comunicada a la JUNTA ELECTORAL DE LA PROVINCIA dentro de las cuarenta y ocho, (48), horas de efectuada la misma, bajo pena de aplicación de la sanción mencionada precedentemente.- Las JUNTAS ELECTORALES DE DISTRITO designarán las autoridades de las mesas receptoras de votos, efectuando las publicaciones y comunicaciones que correspondan.-