La Administración Federal de Ingresos Públicos amplió las facilidades para la utilización del crédito en la herramienta digital que el organismo ofrece a autónomos y monotributistas para abonar sus obligaciones fiscales, según lo ya oficializado en el Boletín Oficial.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) amplió la utilización del crédito de la Billetera Electrónica del organismo para pagar aportes personales de los trabajadores autónomos y alícuotas del monotributo, a través de la Resolución General 4901/2021 publicada el viernes en el Boletín Oficial.
A partir de esta determinación, la herramienta móvil podrá ser usada para cancelar obligaciones propias, como es el caso de aportes de trabajadores autónomos y de Régimen Simplificado; o bien de terceros, tales como saldo de declaraciones juradas, pagos a cuenta de retenciones y percepciones, anticipos, intereses y multas.
También se podrán pagar aportes y contribuciones a personal de casas particulares; pagos a cuenta del sistema Mis Facilidades, entre otros.
La carga de fondos a la billetera electrónica se realiza a través del sitio web oficial de AFIP o por transferencia bancaria en modalidad homebanking. Sólo se requiere número de CUIT y monto a transferir.
Fuente: Campana Noticias


