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Concejales piden información sobre el funcionamiento de los botones antipánico

Interés General Locales

Mediante un Proyecto de Comunicación los ediles del Bloque Frente Renovador Ariel Guillermo Ramanzini, José Luis Tirelli, Patricia Rocca y del Bloque Espacio Independiente por San Pedro, Dalmy Butti; solicitaron al Departamento Ejecutivo Municipal que informe al Honorable Cuerpo Deliberativo sobre «el correcto funcionamiento de los botones antipánico dispuestos en domicilios».
La iniciativa se basa en «los distintos reclamos realizados por los vecinos que poseen las alarmas domiciliarias».
Entre los considerandos expresan:
Que nuestra ciudad atraviesa por un gran problema de inseguridad, donde los vecinos reclaman constantemente por medidas de protección y asistencia.
Que algunos vecinos de nuestra ciudad cuentan con botones antipánico que deben ser utilizados para llevar tranquilidad a los hogares que lo poseen.
Que los vecinos deben tener la seguridad que dichos dispositivos funcionan correctamente para dar alerta ante algún caso de urgencia.
Que el municipio cuenta con los medios necesarios para comprobar que dichos dispositivos funcionan a fin de dar alerta y verificar que están interconectados con el centro de monitoreo municipal.
Que corresponde al Departamento Ejecutivo Municipal garantizar el buen funcionamiento de los dispositivos (botones antipánico) a efectos de poder utilizar ante un hecho de emergencia que debe resolverse de manera urgente.
Que es necesario recuperar la seguridad de nuestra ciudad y los elementos tecnológicos constituyen un medio más para que esto pueda llevarse adelante.
Por ello,
El Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones
RESUELVE
Art. 1°: Dirigirse al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través del área que corresponda, informe:
a) Cantidad de dispositivos (botones antipánico domiciliarios) se han entregado hasta el día de la fecha, con así como también su ubicación, debiendo indicar las calles que cuentan con el servicio.
B) Si ha habido quejas sobre el mal funcionamiento de los mismos.
C) Si se realizan pruebas de cada uno de los dispositivos y con qué frecuencia, así como también
el tiempo de vida útil de dichos elementos.
D) Cantidad de dispositivos que se encuentran conectados con el Centro de Monitoreo
Municipal.
Art. 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dese al registro del Honorable Concejo Deliberante, Publíquese en el Boletín Oficial, según Artículo 108°, Inc. 18, de la Ley Orgánica de las Municipalidades y Archívese.-