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Caseros solo es doble mano desde Naón hasta Crucero Gral. Belgrano

Interés General Locales

La Dirección de Tránsito y Nocturnidad de la Municipalidad de San Pedro dio a conocer que está vigente la Ordenanza 6216/16, que establece que la calle Caseros tiene mano única de circulación desde calle Mitre en sentido hacia calle Rómulo Naón. En tanto, entre Rómulo Naón y Crucero Gral. Belgrano es calle con doble sentido de circulación.
A continuación se transcribe la normativa:
La calle “Batalla de Caseros” que, desde su nacimiento en la calle Bartolomé Mitre, tiene dirección única de circulación Noroeste / Sureste hasta la calle Litoral y, a partir de ésta, se permite la circulación en ambas direcciones hasta su finalización en la calle
Crucero Gral. Belgrano y,
CONSIDERANDO:
Que, la calle “Batalla de Caseros” por sus dimensiones se asemeja a una arteria con sentido único de circulación y de ninguna manera como lo establece el artículo Nº 88 de la ordenanza 5492/05 donde se le indica el carácter de Avenida.
Que, se han reiterado manifestaciones de distintos vecinos de nuestra ciudad sobre el peligro que genera la doble circulación sobre la calle en cuestión, sumándole el estacionamiento vehicular, el cual dificulta el tránsito y donde se generan números inconvenientes.
Que se han producidos en distintas oportunidades graves accidentes de tránsito.
Que hoy en día se ha comenzado a utilizar otras arterías alternativas, que reemplazan dicho sentido de circulación, como las calles Libertad y Frers, paralelas a Batalla de Caseros.
Que podemos observar la gran velocidad por la que se transita en esta vía y que no presenta ningún limitador o reductor de velocidad.
Que es competencia, atribución y deber de este concejo deliberante según lo establece el artículo 27 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, reglamentar el sentido de circulación.
Por todo ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN PEDRO
En uso de sus atribuciones sanciona la siguiente
ORDENANZA
Art. 1º.- Modifíquese el artículo Nº 88 de la Ordenanza Nº 5.492, el cual quedará redactado de la siguiente manera, la calle “Batalla de Caseros” de nuestra ciudad, corre entre las calles Bartolomé Mitre hacia él SE y Crucero General Belgrano.
Tendrá sentido de circulación, NO-SE entre las arterias Bartolomé Mitre y Rómulo Naón, y en forma ascendente con respecto a su numeración.
Observará doble sentido de circulación, NO-SE; SE-NO y en forma ascendente y descendente con respecto a su numeración entre las calles Rómulo Naón y Crucero General Belgrano.
Art. 2º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda, procederá a la colocación de la señalización pertinente.
Art. 3º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, por medio del área que corresponda procederá a la colocación de semáforos en la intersección de las calles Batalla de Caseros y Rómulo Naón.
Art. 4º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, por medio del área que corresponda procederá a la colocación de reductores de velocidad en el trayecto comprendido entre la calle Batalla de Caseros, desde la Avenida Sarmiento hasta la calle Rómulo Naón.
Art. 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dese al registro del Honorable Concejo Deliberante, Publíquese en el Boletín Oficial, según Articulo 108º, Inc. 18, de la Ley Orgánica de las Municipalidades.