La Dirección de Rentas informa a los contribuyentes los nuevos valores para el año 2020 de los diferentes trámites:
*Pago sellado ingreso de trámites: $222
*Baja de comercio: $ 1150
*Habilitación sin local comercial: $ 1150
*Pago de Tasa por Habilitación Comercial: $2834.00 (se abona la mitad 50 % de la tasa $1417 hasta el 30 de junio 2020)
*Cambio de domicilio: $1700
*Cambio/Ampliación de rubro: $ 1700
*Cambio de Razón Social: $2834.00 (se abona la mitad 50 % de la tasa $1417 hasta el 30 de junio 2020)
-Confitería bailable y similar: $111.200,00 (Tasa para habilitación)
-Pubs, restaurante, bares, parrillas, salones de fiestas, café concert, canto bar, peña folklórica y similares:
*Sin show: $ 11.337,00 (se abona la mitad 50 % de la tasa $5668,50 hasta el 30 de junio 2020)
*Con show: $22.665,00 (se abona la mitad 50 % de la tasa $11332,50 hasta el 30 de junio 2020)
Además, sigue en vigencia el trámite de Habilitación Comercial Simple (tramitación electrónica) el cual es sin cargo.
Decreto 0009-2020
Por otro lado, informamos a los contribuyentes que se encuentra vigente el Decreto 0009-2020 con las siguientes bonificaciones:
*Descuento del 15% sobre cada una de las cuotas correspondientes a las tasas de Servicios Sanitarios, Alumbrado Barrido, Recolección de Residuos y Conservación de la Vía Pública y Red Vial.
*Descuento del 10% por pago de contado anual, al momento de producirse el vencimiento de la 1er cuota, correspondiente a las tasas de Servicios Sanitarios, Alumbrado Barrido, Recolección de Residuos y Conservación de la Vía Pública y Red Vial.
Para los contribuyentes de la Tasa de Seguridad e Higiene y para el caso que sea de aplicación el mínimo establecido, las siguientes bonificaciones:
*Descuento del 15% para los contribuyentes que “no posean” el Certificado Pyme emitido por AFIP.
*Descuento del 20% para quienes “posean” el Certificado Pyme.
Para aquellos contribuyentes que tributen la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, las siguientes bonificaciones:
*Descuento del 10% para los que “no posean” el Certificado Pyme.
*Descuento del 15% para los que “posean” el Certificado Pyme.
Todos estos descuentos mencionados sólo se aplicarán a los contribuyentes que no tengan deuda con el Municipio y se encuentren reempadronados
Hasta el 30/06/2020 se establece una bonificación del 50% de la Tasa de Habilitación de Comercio.
Por otro lado, se informa el descuento del 10% por pago de contado anual, al momento de producirse el vencimiento de la primera cuota, correspondiente a la patente de automotores. Se bonificará el monto correspondiente al pago anual de la patente de automotores, en un porcentaje del 50% cuando el contribuyente acredite, con antelación al vencimiento de esta primera cuota, la vigencia de la contratación del seguro de responsabilidad civil hacia terceros y de la verificación técnica vehicular. Para acceder a esta bonificación deberán tener al día el pago del mencionado tributo, así como no registrar deuda alguna por tasas, derechos y/o contribuciones en el ámbito municipal. Asimismo, deberá haber dado cumplimiento al reempadronamiento obligatorio establecido.
Por último, se establece un descuento del 10% en los Derechos de Publicidad y Propaganda para aquellos contribuyentes que posean la Tasa de Seguridad e Higiene al día, al momento del vencimiento anual de Derechos de Publicidad y Propaganda.


