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ARCA actualiza escalas del monotributo y cambia la recategorización a partir de agosto 2025

Interés General Locales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el organismo que reemplazó a la AFIP en octubre de 2024 mediante el Decreto 953/2024, anunció importantes modificaciones para los monotributistas que entrarán en vigencia en agosto de 2025. Los cambios incluyen nuevas escalas de facturación, ajustes en los montos a pagar y una modificación en la frecuencia de recategorización, que pasará a ser semestral.

Actualización de escalas de facturación

Las nuevas escalas estarán ajustadas en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del primer semestre. Aunque aún no se publicó la inflación de junio, el Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) anticipa un incremento del 1,9%, lo que elevará las escalas en un 15,40%.

Topes de facturación anual por categoría (vigentes desde agosto 2025)

  • Categoría A: hasta $9.015.493,91
  • Categoría B: hasta $13.208.746,89
  • Categoría C: hasta $18.520.200,66
  • Categoría D: hasta $22.993.003,84
  • Categoría E: hasta $27.046.481,73
  • Categoría F: hasta $33.878.514,39
  • Categoría G: hasta $40.513.679,01
  • Categoría H: hasta $61.496.949,51
  • Categoría I: hasta $68.854.302,77
  • Categoría J: hasta $78.829.266,97
  • Categoría K: hasta $94.034.709,83

Montos mensuales a pagar según categoría (desde agosto 2025)

Los valores incluyen impuesto integrado, aporte previsional (SIPA) y obra social. Algunos ejemplos destacados:

  • Categoría A: $37.180,17
  • Categoría B: $42.323,90
  • Categoría C:
    • Servicios: $49.561,46
    • Bienes: $48.443,25
  • Categoría D:
    • Servicios: $63.519,11
    • Bienes: $61.981,59
  • Categoría H (máxima para servicios): $392.103,51
  • Categoría K (máxima para servicios): $1.211.997,16

Recategorización: ahora será semestral

Uno de los cambios más significativos es la frecuencia de recategorización, que pasará de ser anual a semestral, con fechas fijas en enero y julio. Esta medida permitirá ajustar más eficientemente las categorías al nivel de ingresos de cada contribuyente.

La próxima recategorización deberá realizarse entre el 15 de julio y el 20 de agosto de 2025. El trámite será obligatorio y exclusivo a través del sitio web oficial de ARCA. La entidad advirtió que quienes no cumplan en tiempo y forma podrán ser recategorizados de oficio y sufrir sanciones económicas.

Control más estricto

ARCA implementará cruces de datos bancarios, declaraciones juradas y consumos con tarjetas de crédito para detectar inconsistencias y evitar fraudes en el Régimen Simplificado. El objetivo es reforzar la transparencia y equidad tributaria entre los contribuyentes.

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