Este miércoles 19 de Octubre quedó refrendado el convenio entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, en representación de los trabajadores del sector, y las cámaras empresarias, Unión de Entidades Comerciales Argentinas, Confederación Argentina de la Mediana Empresa y Cámara Argentina de Comercio y Servicios, que determinó la actualización salarial a partir del 1º de Octubre y hasta el mes de Marzo del 2017.
El acuerdo sucripto como complementario del celebrado el pasado 11 de Marzo dispone un incremento que «será de aplicación a todas las empresas y/o establecimientos y a todos los trabajadores comprendidos en el mismo que trabajen a jornada completa». Para el caso de trabajadores con tarea discontinua o a tiempo parcial o bajo el régimen de jornada reducida, el incremento resultante será proporcional a la jornada laboral cumplida.
El incremento se abonará no acumulativamente, de acuerdo con lo siguiente:
12 % a partir del mes de octubre de 2016 (no remunerativo)
7% a partir del mes de enero de 20l7 – noviembre (remunerativo)
A partir del 1º de abril de 2017 el incremento que fuera calculado conforme a los valores de las escalas vigentes a Noviembre de 2015 será incorporado en su totalidad a las escalas de salarios básicos de la actividad.


