{"id":7595,"date":"2016-08-29T18:09:04","date_gmt":"2016-08-29T21:09:04","guid":{"rendered":"https:\/\/eldiariodesanpedro.com.ar\/sitio\/?p=7595"},"modified":"2016-08-29T18:09:04","modified_gmt":"2016-08-29T21:09:04","slug":"a-pesar-de-la-carta-documento-de-cienfuegos-el-hcd-no-dara-marcha-atras-con-la-prohibicion-de-la-pirotecnia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/eldiariodesanpedro.com.ar\/sitio\/a-pesar-de-la-carta-documento-de-cienfuegos-el-hcd-no-dara-marcha-atras-con-la-prohibicion-de-la-pirotecnia\/","title":{"rendered":"A pesar de la carta documento de Cienfuegos, el HCD no dar\u00e1 marcha atr\u00e1s con la prohibici\u00f3n de la pirotecnia"},"content":{"rendered":"<p><!-- VideographyWP Plugin Message: Automatic video embedding prevented by plugin options. --><br \/>\nUna de las empresas de fabricaci\u00f3n de pirotecnia envi\u00f3 una Carta Documento al HCD para que revea la ordenanza sancionada, que proh\u00edbe en el Partido de San Pedro la venta de pirotecnia.  En ese sentido el concejal Iv\u00e1n Paz cont\u00f3 sobre el trabajo legislativo que tuvo la normativa. \u201cFue presentada por la ONG Vida Animal\u201d y \u201ctras averiguaciones en otro municipio y en provincias se tuvo el conocimiento que se est\u00e1 aplicando\u201d. \u201cNo es de f\u00e1cil aplicaci\u00f3n pero con el tiempo se lleva y se reduce el consumo\u201d, sostuvo Paz.<br \/>\nAl tiempo que agreg\u00f3: \u201cSiempre lo que prim\u00f3 en las comisiones que estuvieron trabajando los concejales es ir hacia la defensa de los animales y no solo de ellos, sino tambi\u00e9n de las personas con alguna dificultad intelectual o que tiene alguna dificultad para interpretar su entorno cuando escucha una explosi\u00f3n\u201d.<br \/>\nTras el tratamiento en la comisi\u00f3n de Desarrollo Econ\u00f3mico y en la  de Seguridad, la normativa fue \u201cvotada, felizmente, por todos los concejales y ya ingres\u00f3 al d\u00eda siguiente al Departamento Ejecutivo y han corrido los d\u00edez d\u00edas que es el plazo que tiene el Intendente para vetar una ordenanza\u201d. \u201cAhora se debe reglamentar y comenzar a aplicar\u201d, explic\u00f3 el Concejal.<br \/>\nLuego relat\u00f3: \u201cLa semana pasada nos contactaron de una c\u00e1mara de empresas de pirotecnia que las nucela, inclusive a Cienfuegos que es la que presenta la carta documento\u201d.<br \/>\n\u201cMantuvimos un di\u00e1logo, ellos plantean que est\u00e1n autorizados por el RENAR y que hay cierta inconstitucionalidad en lo que es la Ordenanza porque ellos est\u00e1n por Ley Nacional\u201d pero \u201cnosotros averiguamos en todos los municipios que se est\u00e1n aplicando y la idea de esto es que se reduzca el consumo\u201d, \u201cpor ejemplo para espect\u00e1culos masivos, la ordenanza autoriza\u201d, sostuvo.<br \/>\nEn tanto que manifest\u00f3 que la empresa \u201cpodr\u00eda ir a la justicia  y presentar un recurso de amparo para proteger perjuicio econ\u00f3micos que le ocacionar\u00eda a la empresa\u201d. Y sobre ello, asever\u00f3: \u201cSi la Justicia el d\u00eda de ma\u00f1ana plantea que es incosuticonal y que no se puede aplicar, que estamos en contra de una Ley Nacional, ser\u00e1 la Justicia la que no estar\u00e1 diciendo que es una ordenanza que no se podr\u00e1 cumplir\u201d. Y sentenci\u00f3: \u201cDe parte de los concejales y el departamento ejecutivo no hay ning\u00fan esp\u00ecritu de retorcerse en esto\u201d.<\/p>\n<p>Carta documento<\/p>\n<p>En tanto que la empresa Cienfuegos envi\u00f3 una Carta Documento al cuerpo legislativo, en ella el asesor legal expresa: \u00abMe es grato dirigirme a uds. en m\u00ed car\u00e1cter de apoderado de la firma CIENFUEGOSS.A.<br \/>\n(copia de poder a su disposici\u00f3n), en referencia a la Ordenanza N\u00ba 6.212, sancionada el 28\/07\/2016, la que proh\u00edbe, en el \u00e1mbito del distrito de San Pedro, la tenencia, fabricaci\u00f3n, comercializaci\u00f3n, dep\u00f3sito y venta al p\u00fablico, mayorista o minorista, y el uso particular de todo elemento de pirotecnia y coheter\u00eda, sea \u00e9ste de venta libre o no, y\/o fabricaci\u00f3n autorizada (Art 1\u00ba). Pongo en su conocimiento que nuestra actividad se encuentra perfectamente autorizada y legislada por la ley Nacional de Armas y Explosivos N\u00ba 20.429 Y el Decreto 302183 del Registro Nacional de Armas, entre otras, por lo que la sanci\u00f3n y la consecuente promulgaci\u00f3n de esta ordenanza generar\u00edan un conflicto legislativo que para nuestra actividad ser\u00eda sumamente grave, adem\u00e1s de generarnos un<br \/>\nperjuicio econ\u00f3mico irreparable. Sres. Del HCD, le solicito enf\u00e1ticamente que revean la situaci\u00f3n y vuelvan a tratar dicha ordenanza, de manera correcta, cit\u00e1ndonos y haci\u00e9ndonos parte de la cuesti\u00f3n, ya que en definitiva somos los perjudicados, ponemos a su disposici\u00f3n toda la informaci\u00f3n necesaria y toda nuestra experiencia en este rubro<br \/>\nLe informamos que hemos atravesado gran cantidad de proyectos de prohibiciones y todos se tornan incosntitucionales en un punto, por lo que han sido derogados. De no mediar una soluci\u00f3n total e incondicional sobre la presente requisitoria, nos veremos obligados a iniciar inmediatamente todas y cada una de las acciones l\u00e9gales que, por ley nos corresponden, no descartando incluso, la solicitud y posterior traba de las medidas cautelares que eventualmente resulten id\u00f3neas para la consecuci\u00f3n de los fines propuestos y la presentaci\u00f3n de recursos de Amparo correspondientes\u00bb. <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Una de las empresas de fabricaci\u00f3n de pirotecnia envi\u00f3 una Carta Documento al HCD para que revea la ordenanza sancionada, que proh\u00edbe en el Partido de San Pedro la venta de pirotecnia. 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