{"id":70309,"date":"2020-03-13T21:06:10","date_gmt":"2020-03-14T00:06:10","guid":{"rendered":"https:\/\/eldiariodesanpedro.com.ar\/sitio\/?p=70309"},"modified":"2020-03-13T21:06:11","modified_gmt":"2020-03-14T00:06:11","slug":"los-eventos-y-locales-bailables-no-podran-abrir-hasta-nuevo-aviso","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/eldiariodesanpedro.com.ar\/sitio\/los-eventos-y-locales-bailables-no-podran-abrir-hasta-nuevo-aviso\/","title":{"rendered":"Los eventos y locales bailables no podran abrir hasta nuevo aviso"},"content":{"rendered":"<!-- VideographyWP Plugin Message: Automatic video embedding prevented by plugin options. -->\n\n<p>Se realizo un Decreto Municipal firmado el dia de hoy declarando la emergencia sanitaria en nuestra ciudad, restringiendo el factor ocupacional en los locales, suspendiendo las actividades privadas y llamando a la responsabilidad social. <\/p>\n\n\n\n<p>El mismo prohibe la apertura de locales bailables entre otros.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00abVISTO:<br> El Decreto Municipal N\u00ba 269\/2020, que hace referencia a las medidas precautorias para contener la propagaci\u00f3n que est\u00e1 teniendo el virus COVID-19 (coronavirus) y;<\/p>\n\n\n\n<p>CONSIDERANDO:<br>\nQue a nivel mundial ya son m\u00e1s de 125 (ciento veinticinco) los pa\u00edses afectados por el mencionado virus, con una cifra de infectados que superan los 130.000 (ciento treinta mil) casos;<\/p>\n\n\n\n<p>Que a nivel nacional existen personas que ya han sido diagnosticadas con el referido virus;  Que el gobierno Nacional y Provincial nuevamente ha reforzado las medidas para contener la propagaci\u00f3n de este virus;<br> Que, frente al riesgo que genera el avance a nivel mundial de la enfermedad por el nuevo coronavirus (COVID-19), resulta conveniente intensificar la adopci\u00f3n de medidas que, seg\u00fan los criterios epidemiol\u00f3gicos, resultan adecuadas para direccionar el esfuerzo sanitario y neutralizar la propagaci\u00f3n de la enfermedad;<\/p>\n\n\n\n<p>Que recientemente se ha desarrollado en la Ciudad de San Nicol\u00e1s de los Arroyos la muestra ExpoAgro 2020, con un importante n\u00famero de visitantes y\/o expositores de diferentes lugares del pa\u00eds y el exterior, que se han alojado en nuestra ciudad;<br> Que seguidamente, a trav\u00e9s del Decreto N\u00ba 269\/2020, este Municipio ha adherido a las disposiciones del Decreto Provincial N\u00ba 127\/2020 autorizando la licencia a trabajadores del estado local  que hayan ingresado al pa\u00eds en los \u00faltimos 14 d\u00edas provenientes de los pa\u00edses con circulaci\u00f3n de coronavirus;<br> Que el Decreto Provincial N\u00b0 132\/2020 de fecha 12 de marzo de 2020, declara la emergencia sanitaria en el \u00e1mbito de toda la Provincia de Buenos Aires por el t\u00e9rmino de 180 d\u00edas, a tenor de la enfermedad por el nuevo coronavirus (COVID-19);<br> Que asimismo el Art. 8\u00b0 del Decreto Provincial N\u00b0 132\/2020 invita formalmente a los Municipios a adherirse a las disposiciones all\u00ed contenidas;<br> Que si bien la din\u00e1mica mundial y nacional va cambiando d\u00eda a d\u00eda, el Municipio de San Pedro entiende que a fin de proteger a todos los Sampedrinos, debemos estar en concordancia con los protocolos de actuaci\u00f3n establecidos por los Ministerios de Salud Nacional, Provincial, y la regi\u00f3n sanitaria a la que pertenecemos;<\/p>\n\n\n\n<p> Por todo ello:<br> EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA:<br> Art\u00edculo 1\u00ba &#8211; Adhi\u00e9rase a las disposiciones del Decreto Provincial N\u00b0 132\/2020 en lo concerniente a la ciudad de San Pedro.<br> Art\u00edculo 2\u00ba.- Decl\u00e1rese, la emergencia sanitaria en la ciudad de San Pedro por el lapso de ciento ochenta (180) d\u00edas contados a partir del dictado del presente decreto, por la propagaci\u00f3n del COVID-19 (coronavirus).<br> Art\u00edculo 3\u00ba.- Restr\u00ednjase el factor ocupacional asignado a los locales, en un cincuenta por ciento (50%), el que no podr\u00e1 exceder la concurrencia simult\u00e1nea de doscientas (200) personas, para las actividades de cualquier \u00edndole que impliquen aglomerar gran cantidad de personas.<br> Art\u00edculo 4\u00ba.- Susp\u00e9ndanse los espect\u00e1culos bailables, shows musicales u otro evento, tanto en espacios p\u00fablicos como privados, as\u00ed como todo evento p\u00fablico o privado que implique actividad bailable. Incl\u00fayase en esta suspensi\u00f3n el funcionamiento de establecimientos comerciales habilitados los que, atento a la \u00edndole de las actividades que desarrollan, tengan la potencialidad de aglomerar gran cantidad de personas.<br> Art\u00edculo 5\u00ba.- Establ\u00e9cese que las autoridades de fiscalizaci\u00f3n y control verificar\u00e1n el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el presente.<br> Art\u00edculo 6\u00ba.- Establ\u00e9cese que las medidas adoptadas en los Art. 3\u00ba y 4\u00ba, ser\u00e1n por el plazo de 15 d\u00edas corridos, a partir de la fecha del presente decreto, pudiendo ser prorrogadas conforme se desenvuelva la situaci\u00f3n sanitaria.<br> Art\u00edculo 7\u00ba.- Fac\u00faltese a la Secretar\u00eda de Salud de la Municipalidad de San Pedro a tomar las medidas necesarias para: reducir la circulaci\u00f3n de personas y restringir las visitas a las \u00e1reas de internaci\u00f3n, en los efectores bajo su incumbencia; as\u00ed como a sugerir a los efectores privados la adopci\u00f3n de medidas en el mismo sentido.<br> Art\u00edculo 8\u00ba.- Autor\u00edcese a la Secretar\u00eda de Salud a realizar los gastos que sean necesarios para atender las erogaciones correspondientes (art. 119, Decreto-Ley 6.769\/58).<br> Art\u00edculo 9\u00ba: &#8211; Recomendar, durante la vigencia de la emergencia sanitaria:<br> Asumir la responsabilidad social como ciudadanos, tomando conocimiento de las medidas precautorias y actuando como agentes multiplicadores de informaci\u00f3n oficial, anteponiendo el bienestar colectivo por sobre el individual.<br> Suspender aglomeraciones de m\u00e1s de 20 personas, especialmente donde se encuentren quienes integran los grupos de riesgo.<br> Reducir la exposici\u00f3n de personas que integren los grupos de riesgo, quienes son m\u00e1s vulnerables a este flagelo, a trav\u00e9s de un autoaislamiento social en pos de proteger su salud. <br> Mantener una distancia de seguridad de un (1) metro entre personas, en las filas de bancos u otras.<br> Disponer en locales comerciales con mesas, una distancia de seguridad de m\u00e1s de un (1) metro entre mesas.<br> Disponer en todos los espacios de atenci\u00f3n al p\u00fablico, estatales o privados, de alcohol en gel; y en ba\u00f1os, papel descartable y jab\u00f3n.<br> Art\u00edculo 10\u00ba.- Recomi\u00e9ndese a la poblaci\u00f3n que adopte las siguientes medidas:<br> Lavado de manos frecuente con agua y jab\u00f3n,<br> Desinfecci\u00f3n de superficies y ventilaci\u00f3n de ambientes,<br> Adecuada higiene respiratoria: cubrirse la nariz y la boca con el pliegue del codo o usar un pa\u00f1uelo descartable en caso de toser o estornudar,<br> No viajar a \u00e1reas de transmisi\u00f3n comunitaria del virus,<br> Viajeros provenientes de zonas de trasmisi\u00f3n, aislarse en su domicilio y no concurrir a lugares p\u00fablicos durante 14 d\u00edas. <br> En caso de registrar s\u00edntomas, no concurrir a los establecimientos de salud y comunicarse al 148 \u00f3 107 \u00f3 0221 4255437.<br> Art\u00edculo 11\u00ba.- El presente Decreto ser\u00e1 refrendado por los Secretarios de Gobierno, de Salud y de Coordinaci\u00f3n.<br> Art\u00edculo 12\u00ba.- Reg\u00edstrese; comun\u00edquese, y arch\u00edvese.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se realizo un Decreto Municipal firmado el dia de hoy declarando la emergencia sanitaria en nuestra ciudad, restringiendo el factor ocupacional en los locales, suspendiendo las actividades privadas y llamando a la responsabilidad social. 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